Exclusiones estructurales y falta de pericias: reclaman revisar la condena contra la mujer mapuche Beatriz Cayún

El Ministerio Público de la Defensa de Neuquén solicitó revisar la condena contra Beatriz Cayún, mujer mapuche de la comunidad Cayún, acusada de provocar el incendio en el que murió su pareja, José Emiliano Catricura, en el paraje Trompul, San Martín de los Andes. El planteo fue realizado de cara a la audiencia de cesura prevista para el 3 de diciembre, en la que el tribunal, integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruiz, definirá la pena.

Las defensoras María Eugenia Mignon y Silvia Mariela Pereyra señalaron que el caso requiere la incorporación de estándares constitucionales y convencionales relacionados con perspectiva de género, identidad indígena y vulnerabilidad estructural, según normativas internacionales como el Convenio 169 de la OIT y precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exigen valorar contexto social, cultural y de salud mental al momento de dictar sentencia.

El expediente se originó el 10 de febrero de 2024, cuando un incendio destruyó la vivienda de madera y nylon donde residían Cayún, Catricura y su hijo de cuatro años. El hombre, de 24 años, logró salir del lugar y fue trasladado al hospital de San Martín de los Andes, donde falleció por quemaduras en el 90% del cuerpo. Según la hipótesis del representante del Ministerio Público Fiscal, Andrés Azar, la mujer habría rociado la vivienda con combustible y arrojado un fósforo encendido, lo que derivó inicialmente en una imputación por homicidio, luego recalificada como incendio seguido de muerte.

El 29 de septiembre, tras cinco días de debate, la justicia declaró responsable a Cayún y sostuvo que el incendio configuró “peligro común para bienes indeterminados”, requisito del artículo 186 inciso 5 del Código Penal. Sin embargo, la Defensa Pública indicó que la sentencia se apoyó en indicios sin respaldo técnico, debido a que no se realizaron pericias esenciales para determinar la dinámica del fuego. Entre las pruebas faltantes, destacaron la ausencia de una pericia de inflamabilidad, la única que permite establecer presencia o ausencia de acelerantes como la nafta, y la falta de un estudio de propagación capaz de evaluar el rol del viento, la continuidad del combustible y la carga térmica en una vivienda precaria. Aunque Bomberos intervino para evitar la propagación del incendio hacia el bosque cercano, no se produjo un informe criminalístico especializado que reconstruyera de manera detallada el inicio del fuego.

En ausencia de esos análisis, la sentencia se basó en elementos como nylon derretido, restos calcinados y un árbol quemado, que describen el efecto del fuego pero no establecen su origen ni la existencia de un riesgo expansivo previo. La Defensa también cuestionó la valoración de un testigo clave cuya declaración se tomó en estado de intoxicación alcohólica y con apoyos externos de memoria, lo cual, de acuerdo con la institución, compromete la consistencia de su relato sobre una supuesta intención de la mujer de incendiar la vivienda.

Otro punto señalado fue la posible presencia de una estufa a leña dentro de la casa, identificada como un foco alternativo de ignición que no fue evaluado en la investigación. A ello se sumó la reconstrucción de los hechos que indica que Catricura, bajo los efectos del alcohol, habría regresado a la vivienda en llamas y cerrado la puerta por dentro. Según la defensa, ese comportamiento interrumpe la cadena causal y debería ser contemplado al momento de analizar la imputación atribuida a Cayún.

Paralelamente, la institución subrayó que la mujer también resultó gravemente herida durante el incendio, con quemaduras superiores al 30% del cuerpo, lo que requirió más de cuarenta días de internación. Tras los hechos, perdió su vivienda, su pareja y el vínculo cotidiano con su hijo, a quien no ve desde hace más de un año, mientras continúa en tratamiento psicológico y fisiátrico.

Los informes incorporados al expediente describen un contexto de pobreza estructural, precariedad habitacional, consumos problemáticos y ausencia de acompañamiento estatal que atravesó la vida de Cayún desde la infancia. La antropóloga Melisa Cabrapan Duarte caracterizó su trayectoria como un caso de múltiples exclusiones que afectan a mujeres mapuche en zonas rurales, incluyendo aislamiento territorial, violencia intrafamiliar y políticas públicas insuficientes. La psicóloga Julieta Tarifeño detalló que Cayún presenta ansiedad crónica, episodios de pánico y recursos emocionales limitados, mientras que el informe social de Silvina Dalesson profundizó ese diagnóstico, señalando dificultades persistentes para acceder a salud mental y asistencia comunitaria.

En este marco, la Defensa Pública recordó que los artículos 40 y 41 del Código Penal argentino obligan a analizar la historia personal, la salud mental, la situación económica y el entorno social de la acusada antes de determinar una pena. Asimismo, organismos internacionales han establecido que sancionar sin considerar las vulnerabilidades de mujeres indígenas constituye una forma de discriminación indirecta.

De cara a la audiencia de cesura, la defensa solicitó que se revisen los parámetros aplicados hasta ahora y que se incorpore la evaluación plena del contexto de vida de Cayún, así como el interés superior del niño, dado que ella expresa su voluntad de retomar la crianza de su hijo una vez concluido el proceso judicial. Según las defensoras, la revisión es necesaria para asegurar que la sentencia final se ajuste a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y que contemple los principios de género e interculturalidad que rigen para casos que involucran a mujeres de pueblos originarios en situación de vulnerabilidad.

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